¿Qué debemos tener en cuenta al viajar con una mascota?

Tanto si tenemos la suerte de poder disfrutar de un año sabático, como si disponemos de todo un mes de vacaciones en el trabajo para poder viajar al lugar que siempre hemos soñado o realizar un recorrido por una región o paraje natural que nos haga tocar las estrellas, siempre se pueden elegir varias opciones sobre el medio de locomoción a utilizar, en mi caso quería disfrutar de una plena libertad para todo, para horarios, soledad, rutas, comidas, descanso…, y descartando opciones llegue a la mejor posible, el alquiler de una autocaravana. 

La realidad es que, por suerte, cada vez encontramos más lugares donde podamos alquilar este tipo de vehículos si no disponemos de uno en propiedad. Sin embargo, siempre debemos de tener claras cuales son las condiciones que nos exigen cada uno de los empresarios. Esto se debe a que no todos nos permiten llevar animales con nosotros, así que para que esto no os suceda, nosotros os recomendamos que optéis por las autocaravanas de Caravanas Cruz, una empresa de Elche (Alicante), donde pude elegir entre una amplia gama el modelo que mejor se adecuaba y adaptaba a mis necesidades y con una serie de ventajas añadidas como kilometraje ilimitado, seguro a todo riesgo con asistencia en carretera por toda Europa las 24 horas, mantenimiento incluido, y con la opción de poder elegir entre temporada alta que incluye julio, agosto, semana santa y navidades o temporada baja, de octubre a marzo.

Una vez elegido el medio de transporte me quedaba resolver otra cuestión puesto que deseaba que se uniese como compañero de viaje mi compañero en la vida, o sea mi mascota, y como realmente este viaje sería la primera vez que me acompañaría fuera de nuestras fronteras no estaba muy segura de la documentación que debía llevar conmigo, aunque tenía conocimiento de que con fecha 29 de diciembre de 2014 había entrado en vigor el nuevo reglamento comunitario 576/2013, relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía, es por lo que decidí estudiarla para informarme detalladamente de la documentación que se necesita y que es la siguiente:

  • Cartilla sanitaria. Su cartilla sanitaria tiene que ser oficial y deberá estar sellada por un veterinario colegiado. En ella deben figurar todas y cada una de las vacunas que ha recibido el perro, siempre teniendo en cuenta que una de ellas ha de ser obligatoriamente la vacuna contra la rabia. En el caso de no tenerla porque en nuestro país hay comunidades autónomas en las que no es obligatoria, debemos ser previsores puesto que se debe administrar al animal al menos 21 días antes del inicio del viaje.
  • Microchip. Es el documento de identidad de nuestras mascotas por el que está identificado permanentemente el animal, con un número único a nivel mundial de quince dígitos, junto con los datos asociados de su dueño para una posible búsqueda en caso de su pérdida, robo, etc. Es obligatoria su implantación.      
  • La edad mínima para viajar debe ser superior a los tres meses.
  • Seguro de responsabilidad civil. Obligatorio en el caso de perros incluidos dentro de las denominadas razas de perros peligrosos.
  • Licencia administrativa dispensada por el ayuntamiento del lugar de residencia. Obligatoria igualmente en el caso de perros incluidos dentro de las razas de perros peligrosos.
  • Pasaporte. Dentro de nuestro territorio nacional no es obligatorio, pero si se viaja a países de la Unión Europea o fuera de Europa es obligatorio. Debe expedirlo el veterinario y en él se deben reflejar datos como el número de microchip, las vacunas impuestas en especial la antirrábica.
  • Seguro de viaje. Aunque este no es obligatorio, es especialmente aconsejable pues puede incluir asistencia veterinaria en viaje.

¿De qué debemos de vacunar a nuestras mascotas?

La vacunación es una de las medidas más importantes para proteger a nuestras mascotas frente a algunas de las enfermedades que suponen un mayor riesgo para su salud y para que su eficacia se mantenga a lo largo de toda la vida del animal es necesario repetir su administración con la frecuencia y las dosis recomendadas por el veterinario. Las enfermedades para las que se debe vacunar a nuestros perros son las siguientes:

  • Virus de la rabia. Especialmente grave por su posible contagio a humanos a través de mordeduras o contacto con la saliva.
  • Parvovirus canino tipo 2, más conocida como la parvovirosis.
  • Virus del moquillo canino, conocido simplemente como moquillo.
  • Adenovirus canino tipo 1, conocido vulgarmente como hepatitis vírica canina.
  • Leptospira spp., o leptospirosis. Esta enfermedad es especialmente grave por su posible transmisión a las personas a través de un contacto directo, por mordeduras, por la orina o por saliva. 
  • Virus de parainfluenza canina, más adenovirus canino tipo 2 y bordetella bronchiseptica, todo ello conocido como tos de las perreras.
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